Cuando ocurre un siniestro siempre aparece la sombra del tan temido infraseguro, en algunas ocasiones porque el asegurado tiene sus dudas y en otras porque el perito las plantea como argumento. Veamos de qué forma podemos analizar y posiblemente evitar esta situación.
Pero, ¿qué es el infraseguro?. Esta figura viene contemplada en el Artículo 1102, Infraseguro e indemnización en el CÓDIGO DE COMERCIO de Colombia que dice; “No hallándose asegurado el íntegro valor del interés, el asegurador sólo estará obligado a indemnizar el daño a prorrata entre la cantidad asegurada y la que no lo esté”.
Lo primero, siempre es mejor prevenirlo mediante una declaración adecuada a la realidad del riesgo y la póliza qué queremos o vamos a suscribir.
Pero llegado el siniestro también ahí cláusulas y consideraciones a contemplar que nos permiten en muchos casos eludir posibles situaciones no deseadas.
Como hemos visto en este rápido repaso para sobre situaciones de infraseguro hay puntos que necesariamente hay que analizar, muchos de estos parámetros son críticos y aconsejan la necesaria intervención de un perito que sea conocedor de estas técnicas aseguradoras para que pueda analizar todas las circunstancias que correspondan, pues cada caso es diferente por el tipo de siniestro, la Cia. Aseguradora, la póliza, las garantías afectadas, etc.